Cómo solicitar excedencia voluntaria para viajar

Cómo solicitar excedencia voluntaria para viajar dando la vuelta al mundo

La gran incógnita para la mayoría de la gente cuando les decimos que nos vamos de vuelta al mundo es saber qué haremos con nuestros trabajos. Ayyy… con estos tiempos que corren, la crisis y demás y nosotros marchándonos así a lo loco…

Pero, vaya, hemos estudiado las posibilidades, lo hemos pensado bien y hemos tomado la decisión de solicitar una excedencia voluntaria. Así que, si como nosotros, tomas la decisión de pedir una excedencia voluntaria, hay varias cosas que debes saber:

  • Tu convenio prevalece sobre el estatuto de los trabajadores, así que si lo mejora, es bueno para ti.
  • En nuestro caso, los convenios eran el de Consultoría y el de Oficinas y Despachos Madrid.
  • Antes de solicitar la excedencia, infórmate bien. Habla con tu departamento de recursos humanos, con el Ministerio de Trabajo y el SEPE si hace falta. Es la única forma de encontrar una explicación coherente para todo, porque según quién te atienda, las versiones pueden cambiar. De hecho, te recomendamos que llames varias veces para contrastar la información. Es triste, pero a nosotros la primera vez que hablamos con el ministerio nos dieron información errónea.

Posibles preguntas que te harás sobre la excedencia voluntaria:

¿Cuándo puedo pedirme una excedencia voluntaria?

El requisito es  llevar un año de antigüedad en la empresa (al menos según nuestro convenio). Se podrá disfrutar de excedencia voluntaria por un plazo no inferior a 4 meses y no mayor a 5 años.

Si ya conozco la fecha de reincorporación, ¿con cuánto tiempo de antelación es necesario avisar a la empresa para la reincorporación? ¿Debería avisar antes de que termine el periodo de la excedencia o justo después?

Sí, hay que avisar antes de que se termine el periodo de la excedencia, con una antelación de 15 días, y si es posible más, pues mejor será. Has de escribir una carta donde solicites el reingreso en la empresa.

La pregunta del millón: ¿Está la empresa obligada a mi re-admisión, guardando mi puesto de trabajo tras la excedencia?

No, la empresa no está obligada a la reincorporación. Pero el trabajador tiene derecho preferente en una plaza de las mismas características o similares en la empresa.

Según el Estatuto de los Trabajadores:

El trabajador conserva un derecho preferente al reingreso en caso de existencia de vacantes iguales o similares a su grupo profesional, que exista o pueda producirse en la empresa.

El contrato de trabajo no se extingue, sino que subsiste durante dicha situación. La empresa debe cursar la baja en la seguridad social con fecha de inicio de la excedencia no existiendo obligación de cotizar durante dicha situación.  El trabajador no está en situación asimilada de alta.

¿Puedes ir al grano? ¿Voy a tener derecho a paro al volver de mi excedencia voluntaria?

Pues mira, si a tu regreso hay sitio en la empresa (y esto es algo que debes hablar con tus superiores) tienes un derecho preferente. Pero si tu puesto ha desaparecido o bien lo cubren entre otros compañeros, la empresa no tiene ninguna obligación de readmitirte. ¿Qué pasa entonces? Pues que te quedas en el limbo, o bien hasta que la empresa tenga una vacante o bien hasta que… te canses y te busques otro trabajo. Sí, es triste, pero es así. Si te vas no tienes derecho a paro.

¿Y podré hacer un chanchullo para que me finiquiten e irme al paro? Eso ya… es cosa tuya. Hasta donde nosotros sabemos depende del contrato que tengas puedes buscarte un problema. Si eres indefinido, piensa, ¿qué motivos podría tener la empresa para despedirte justo al solicitar la reincorporación? Huele mal desde la Seguridad Social. Si tienes un contrato por obra, ahí sí que la cosa cambia, y si la empresa no puede reincorporarte, tal vez puedas negociar con ella para que te despidan por fin de obra.

Sitios donde te darán la información necesaria para solicitar la excedencia voluntaria:

  • Ministerio de trabajo e inmigración 913632330: Aquí resuelven las dudas sobre los derechos e obligaciones que puedas tener. Por ejemplo, si están obligados o no a reincorporarte.
  • Servicio público de Empleo Estatal (SEPE) 901119999: Aquí es donde resuelven las dudas con los papeleos, qué papeles necesitas presentar, dónde y cuándo.
  • Y como ya sabemos todos cómo funcionan algunas cosas en España… Pues nosotros tuvimos que hablar con un abogado laboralista, que la verdad es que se portó de maravilla con nosotros y  eso que lo mareamos a mails a base de bien.
Resumiendo: Que nos hemos pedido la excedencia y a la vuelta… pues no sabemos. Nuestras empresas nos han dicho que si hay sitio, volverán sin duda a contar con nosotros. ¿Y si no? Si no, como diría el otro… «estamos jodidos», jaja. Pero confiamos en nuestra suerte y si todo sale mal, pues viajaremos a algún lugar a buscar otro trabajo, qué le vamos a hacer.
NOTA: Hay mucha gente que hace chanchullos varios de irse al paro y tirar del paro mientras viaja. Nosotros queríamos ser un poco más legales, la verdad, y preferimos cobrar la prestación cuando sea el momento, que ya hay bastantes ladrones por ahí como para fomentar más el ejemplo. Además, qué leches, nos vamos a un viaje de placer. Irnos cobrando el paro no sería muy honrado, ¿no?

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25 comentarios en «Cómo solicitar excedencia voluntaria para viajar»

  1. Yo con el paro tengo sentimientos enfrentados, porque al fin y al cabo es dinero que si no voy a disfrutar podrian darme directamente a mi y gestionarlo como me plazca… Pero es normal que no hayais recurrido al pequeño Barcenas de vuestro interior, es un viaje de placer, no para estar teniendo cuidado de que no os pille la seguridad social.

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    • Exacto, pasamos de rallarnos, que nos pillen y luego nos fastidien el viaje. Las cosas hay que hacerlas bien para que luego a uno le vaya bien :) (el karma no perdona :P )

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  2. Muchas gracias por la información. Al final, como en casi todo es «echarle un par». Suerte! Por cierto, seguiremos esa vuelta al mundo!

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  3. Yo estaba en la misma situación, pedí la excedencia voluntaria, y a mitad de la vuelta al mundo me enteré que suprimieron mi plaza. Yo para entonces ya tenía claro que no quería volver a trabajar en lo mismo, así que me ahorraron el trabajo. Eso sí, a la vuelta me quedé sin trabajo, sin paro y sin nada, porque técnicamente no estás en situación legal de desempleo (nadie te ha despedido) ¿La solución? Encontrar lo antes posible un trabajo por unos días, que te den de alta en la SS y que te hagan un contrato de trabajo. Así, cuando el mismo finalice (pueden ser unos pocos días, una semana…) ya te encuentras en situación legal de desempleo y puedes desbloquear todo el paro acumulado durante los anteriores años en los que trabajaste. Aunque todo esto suene un poco loco, estoy mucho más contento ahora, y no sólo no me arrepiento de haber dado la vuelta al mundo, sino que me pregunto cómo no lo hice antes! Siempre hay una manera de salir adelante!

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    • Cierto, si suprimen tu plaza siempre puedes buscar un trabajo temporal para cobrar el paro al menos mientras buscas otro trabajo.
      Gracias por dejarnos el comentario. Todas las aportaciones son muy útiles, Luis :)

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  4. Muy bien Eva la honestidad ante todo!!

    Te ira muy bien en la vuelta, pero eso ya nos los iras contando ;)

    Para info: en Francia existe algo así también, pero hay que tener 6 a~os en total laborando en Francia de los cuales 3 en la misma empresa, el periodo va de 6 a 11 meses y se supone que cuando vuelves te tienen que reincorporar…

    Saluditos!!

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  5. Yo pedí una excedencia laboral de 1 año para terminar mis estudios y viajar un poco pero la respuesta de mi empresa fue : » Lo sentimo, pero no puede ser…alguien se lo tiene que comer».

    En definitiva, vuestra explicación del procedimiento está muy bien y os felicito pero la empresa ni siquiera esta obligada a aceptar la solicitud de la excedencia laboral, con lo que el trabajador se ve perjudicado y la única opción que queda es renunciar voluntariamente…

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    • Está claro, ya lo decimos ahí, que la empresa no tiene obligación de nada. Al fin y al cabo es una excedencia voluntaria y si te vas es porque quieres, con sus pros y sus contras…

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      • Buenos días Barbara,

        El trabajador tiene derecho a solicitar una excedencia voluntaria siempre que tenga un año de antigüedad en la empresa, o si ha disfrutado la excedencia anteriormente cuando hayan transcurridos al menos cuatro años desde el final de la anterior excedencia. Es un derecho del trabajador que no puede ser negado por el empresario.

        En cuanto a la prestación por desempleo, y para completar el amplio post de Eva, indicar que el trabajador tendrá derecho a la prestación:

        Si trabaja durante la excedencia: Si el contrato de trabajo finaliza por causas no imputables al trabajador, es decir, un despido o una finalización de contrato, antes de que finalice la excedencia podrá cobrar la prestación hasta la finalización de la excedencia. Cuando la excedencia termine, deberás solicitar la reincorporación a la empresa, en caso de que ésta se la deniegue, mostrando dicha denegación al SEPE podrá seguir cobrando el paro.
        Si no trabaja durante la excedencia: Debe encontrar un nuevo empleo y que la finalización del mismo no sea por causas imputables al trabajador.

        Un saludo y muchas gracias a Eva por la mención
        Alejandro

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  6. Sólo una cuestión, si llegarais a un arreglo con la empresa y cogierais el paro, estabais jodidos, no puedes viajar si estás en paro, a no ser que pidas un permiso (y creo que no puede ser de tanto tiempo como de un año) y durante ese permiso no lo cobraríais igual.

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  7. Hola, sé que el post es antiguo pero buscando información sobre el tema he caído aquí.
    Una pregunta, al pasar a excedencia se deja de cotizar a la SS, no?
    ¿Qué ocurre encontes con la asistencia sanitaria?

    Gracias

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    • Hola Carlos,

      Pues la verdad es que no sabría decirte. Yo creo (sólo creo), que la asistencia sanitaria se mantiene durante un tiempo (al igual que cuando se termina una prestación por desempleo), pero no sé cuánto. Eso quizás te lo digan mejor en la propia Seguridad Social. La verdad es que me parece una pregunta muy interesante y que a mí no se me planteó porque al irme fuera y llevar seguro médico privado ya no necesitaba nada de aquí…

      Gracias por pasarte! Un saludo!

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  8. Buenos días voy a pedir una excedencia voluntaria.de 3 años soy extranjera llevo trabajando aquí 11 años en la empresa puedo irme a mi país y luego reincoporarme.gracias Saludos

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    • Hola, de entrada sí, pero lo mejor siempre es que tú revises las condiciones de tu convenio de trabajadores. Durante el tiempo de tu excedencia puedes hacer lo que quieras, ir a tu país o quedarte aquí, no hay reglas.

      Un saludo!

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